Nuevo Régimen de servicio domestico

Se aprobó el proyecto que crea el Régimen de Contrato de Trabajo para el personal de casas particulares, por el cual se reconoce, entre otras cosas, la extensión de las jornadas laborales, las licencias y las indemnizaciones para las trabajadoras de este sector.

La nueva legislación  reemplaza al marco normativo actual dictado en 1956 mediante un decreto-ley de la dictadura que encabezaba Aramburu.

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El proyecto establece una jornada de trabajo que no puede pasar las 8 horas diarias o 48 semanales; y precisa que si el empleador se excede deberá pagar horas extras. El reposo nocturno de los trabajadores de casas particulares debe ser, como mínimo  de nueve horas consecutivas, mientras que se impone otro descanso de tres horas al mediodía  que incluye el horario del almuerzo. El descanso semana sera de, al menos, 35 horas, en tanto el sábado el final de la jornada sera a las 13, mientras que el domingo no sera laborable.

Sobre las vacaciones estipula que a partir de los 6 meses de antigüedad, las mismas serán de 14 días corridos; de 21 días después de los 5 años, de 28 después de los 10 años y de 35 después de los 20 años de trabajo.

Para el personal sin retiro y durante el período de vacaciones, las prestaciones de habitación y manutención a cargo del empleador deben ser pagadas en, por lo menos, un 30 por ciento del salario diario percibido por la empleada.

Además, se prohíbe el trabajo doméstico a menores de 16 años y se incluye la obligación por parte del empleador de contratar a favor del personal un seguro por riesgos de trabajo.

 

 

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