Teletrabajo como opción para la Reserva de puesto

El Ministerio de Trabajo de la Nación dispuso ayer que las personas en situación de “reserva de puesto” por enfermedad o accidente puedan continuar su tarea desde su casa, previo acuerdo con el empleador.

Mediante la resolución 239/13, publicada en el Boletín Oficial, la cartera conducida por Carlos Tomada dispuso que los trabajadores en la situación prevista por los artículos 211 y 212 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) puedan optar por trabajar desde su casa en caso de no estar en condiciones de realizar las tareas habituales en su lugar de trabajo.
El artículo 211 de la LCT indica que, una vez vencidos los plazos de interrupción del trabajo por causa de accidente o enfermedad, “si el trabajador no estuviera en condiciones de volver a su empleo, el empleador deberá conservárselo durante el plazo de un (1) año” contado desde ese vencimiento.
Según el ministerio, existe un gran número de personas en situación de “reserva de puesto”, y por este motivo se dispuso esta nueva medida, por la que tanto el trabajador como el empleador pueden implementar la modalidad de teletrabajo sin que disminuya la remuneración acordada.