Nuevo tope máximo y piso mínimo sobre remuneración mensual imponible para aportes a los Sistemas de Seguridad desde el 01/03/2014

La Resolución ANSES 27 (B.O.12/02/2014), aprobó los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia. 

Base imponible mínima y máxima e importe de la PBU. Fijando Las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley Nº 24.241, texto según la Ley Nº 26.222, en la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON UN CENTAVO ($ 959,01) y PESOS TREINTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 31.167,56) respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2014.

Además dispone:

  • El valor de la movilidad en un 11,31%.
  • El haber mínimo garantizado en $ 2.757,13.
  • El haber máximo a partir de marzo en $ 20.199,25.
  • Y el importe de la Prestación Básica Universal en $ 1.302,58.