JUBILADOS Y PENSIONADOS PUEDEN CAMBIAR EL LUGAR DEL COBRO DE HABERES

La Anses informa que el jubilado o pensionado puede optar por cobrar su haber en cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por la Anses, así como en alguno de los centros de pago exclusivos. Pero si quisiera solicitar el cambio de banco, tendrá que hacerlo luego de haber cobrado por primera vez en la entidad asignada por el Organismo Previsional.

Para ello, el titular deberá obtener un turno a través del número gratuito 130, de lunes a viernes de 8 a 20 horas, o bien, desde el sitio web www.anses.gob.ar, sección Turnos Online, elegir Solicitar turno, dirigirse a Trámites Jubilados y pensionados y en la lista desplegable seleccionar Cambio de Banco.

Podrá pedir el cambio de siempre y cuando el banco elegido figure en el listado de la Anses. En el caso de que no figure, deberá contar con la aceptación de esa entidad para el pago de sus haberes o para nombrarlo como apoderado.

La modificación se hará efectiva, aproximadamente, a los 60 días desde la comprobación de la titularidad. Mientras tanto, continuará cobrando en su banco habitual.

Documentación a presentar:

Del titular:

-DNI. Si no posee, constancia del trámite.

-Nombre y sucursal del Banco al que se solicita el cambio.

-En caso de pedirse el cobro en una entidad bancaria distinta de la asignada por la Anses, constancia del Banco del que el titular de la prestación es cliente, aceptando abonando los haberes.

Del Representante

-Formularo PS 6.37 «Solicitud de cambio de agente pagador» provisto por la Anses, firmado por el titular y certificado por autoridad competente, en caso de estar autorizado únicamente para percibir.

-Formulario PS 6.4 Carta Poder para tramitar o Poder General otorgado por escribano, solo en caso de que no figure en el recibo de cobro.