Conservación del Libro Sueldos (Hojas Móviles)

Les acercamos algunas de las consultas que nos han hecho llegar nuestros suscriptores:

¿Cómo se debe realizar la conservación y guarda de las hojas móviles del Libro de Sueldo en la Ciudad de Buenos Aires?

En ámbito de la ciudad de Buenos Aires rige la disposición (DGDPT Cba.) 263/2003.

La citada norma indica que la empresa deberá encuadernar las hojas móviles para su conservación y guarda, en un período que no exceda los tres meses o 500 hojas, lo que resulte primero, debiendo pegar en la última un informe del contador público independiente matriculado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dando cuenta que los listados autorizados se corresponden con los habilitados por el ente de contralor. Debe informar los folios que fueron utilizados y los períodos comprendidos en los mismos. Asimismo, los folios extraviados, en blanco y anulados.

El plazo de encuadernación es de 3 meses o 500 hojas, lo que ocurra antes. Por tanto, si se llega a los tres meses sin reunirse aún 500 hojas debe procederse igualmente a la encuadernación.

Respecto a la encuadernación, interpretamos que se debe realizar en forma ascendente del mismo modo que la numeración rubricada.