Carga de Datos Personales en F572 WEB

El F 572 On Line es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias, las percepciones que le hubieren practicado, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.

Datos Personales
Al ingresar al F. 572 Web, el sistema exhibirá el CUIL / CUIT del trabajador, debiendo clickear la opción “continuar”, para mostrarle a continuación su nombre y apellido.

En la opción “Datos Personales” podrá verificar su Apellido y Nombre y el domicilio que se encuentra informado en las bases de AFIP.

Datos de los Empleadores
El trabajador deberá consignar la información referida al empleador o empleadores que tuvo durante el período fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución General AFIP 2.437, deberá actuar como agente de retención aquel que abone las remuneraciones de mayor importe.

Los datos consignados precedentemente son requisito para que el sistema permita continuar cargando información.

Respecto de los empleadores que no actúen como Agentes de Retención, el trabajador deberá ingresar los importes de remuneración y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.

Carga del Formulario
En la solapa “Carga del Formulario” se podrá acceder a los siguientes campos:

Detalle de las Cargas de Familia
En este ítem se podrán informar aquellos parientes por consanguinidad y/o afinidad que se detallan a continuación, los cuales deben estar a cargo del trabajador, ser residentes en el país y no obtener ingresos anuales superiores al mínimo no imponible que actualmente es de $ 15.120 anuales.

– Cónyuge
– Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
– Nieto, nieta, bisnieto o bisnieta menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
– Padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra.
– Hermano o hermana menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
– Suegro, suegra; yerno o nuera menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.

Los sujetos enumerados precedentemente podrán ser deducidos por el pariente más cercano.

Importe de las Ganancias Liquidadas en el Transcurso del Período Fiscal por otros Empleadores o Entidades.
Respecto de los empleadores que no actúen como Agentes de Retención, el trabajador deberá ingresar los importes de remuneración y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.