GASTRONOMICOS, HOTELES 4 Y 5 ESTRELLAS CCT 362/2003

ASIGNACION NO REMUNERATIVA PARA JUNIO, JULIO Y AGOSTO DE 2015

SUMA SALARIAL A PARTIR DEL 1/9/2015 Y 1/3/2016

 

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 362/2003 arribaron a un Nuevo acuerdo Salarial, se declara homologado.

Entre los principales puntos del Acuerdo se destacan:

 

  • Otorgamiento de una gratificación no remunerativa, cuyo importe varía según la categoría profesional, a abonarse durante los meses de junio, julio y agosto 2015.
  • Incremento salarial a efectivizarse en 2 tramos a partir de septiembre de 2015 y marzo 2016, el cual no se integra a los básicos de convenio.
  • A partir de Mayo de 2016 quedan conformados los nuevos salarios básicos de la actividad.