SMATA FAATRA CCT 27/88

Escala Salarial desde el 1/7/2015, 1/10/2015 y 1/12/2015

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 27/1988 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra,  a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo se establece un incremento salarial equivalente al 28% a abonarse en forma escalonada y acumulativa de la siguiente manera:

17% a partir de Julio de 2015 calculado sobre los salarios básicos de junio de 2015;

5% a partir de Octubre de 2015 calculado sobre los salarios básicos de Setiembre de 2015; y

6% a partir de Diciembre de 2015 calculado sobre los salarios básicos de noviembre de 2015.