El acuerdo salarial celebrado en mayo del corriente, homologado por Res. Secretaría de Trabajo 645/13, estipula en el Art. 1 inc. b) que a partir del mes de noviembre el empleador debe abonar una suma no remunerativa equivalente al 10% de los salarios básicos correspondientes a aquel mes (ya que el aumento es no acumulativo). […]