SiRaDiG FECHA LIMITE PERIODO FISCAL 2012

Le recordamos nuevamente que la fecha limite es el 31 de enero del año siguiente al que se declara para  ingresar en el SiRADIG los datos correspondientes a los conceptos que correspondan ser tenidos en cuenta para su liquidación del Impuesto a las Ganancias.

El SiRADIG estará habilitado para la carga y transferencia de datos, hasta las siguientes fechas:

Período Fiscal 2012: Hasta el el 31/01/2013 inclusive.

Período Fiscal 2013:A partir del 04/02/2013.

Período Fiscal 2012 – Aclaración:

Los empleados  que computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones que les hubieren practicado durante el período fiscal 2012, conforme al régimen de percepción establecido por la Resolución General Nº 3.378 y su complementaria, tendrán que volver a cargar en el SiRADIG, todas las deducciones y/o pluriempleo ya registradas en el F. 572 papel,  como así también las novedades que correspondan para dicho período fiscal.