Modificaciones en Donaciones a entidades exentas

Con el dictado de la Resolución General AFIP 3366 se establecen los requisitos que deberán cumplir las entidades que soliciten el certificado de exención en el impuesto a las ganancias, como así también las modificaciones en  el Régimen de Información de las donaciones. Con relación a las entidades exentas se dispone que deberán presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias y la de los regímenes de información de participación societaria, así como también la memoria, estados contables e informe de auditoria en formato «.pdf». A su vez, se establecen modificaciones al régimen de información de empleadores respecto de las donaciones que efectúen por cuenta y orden de sus empleados que deberá ser en cada mes calendario.

Para cumplir con el deber de información se aprueba el programa aplicativo «Donaciones en dinero y en especie -Empleadores» Versión 2.0. La información deberá realizarse hasta el ultimo día del mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúen las donaciones.

Los empleadores obligados a informar se encontraran exceptuados de cumplir con el régimen cuando las donaciones que realicen por cada donante y por cada entidad donataria en un mes calendario no superen la suma de $180.

Las disposiciones de esta Resolución General resultan de aplicación respecto de las donaciones efectuadas a partir del 1 de enero de 2012. Sin embargo, la presentación mensual deberá realizarse a partir del 1 de octubre de 2012. Por lo tanto, la información correspondiente a los meses de enero a setiembre 2012 deberá  presentarse hasta el 31 de octubre de 2012 inclusive.

Como esta Resolución se refiere a las obligaciones formales de presentación de declaraciones juradas por parte de las entidades exentas y de las donaciones que hacen los empleadores por cuenta y orden de sus empleados.

Se crea una nueva versión del aplicativo y se reduce el tiempo de la información  Antes los empleadores informaban una vez al año y ahora la información es mensual.

En relación con la donación que hace el empleado por cuenta propia, no cambio nada. Lo informa en el F572 indicando el CUIT de la donataria, la razón social y el importe.

Lo que si cambio para el empleado es lo relativo al régimen de información.

Antes el Régimen de Información por parte de los empleados era obligatorio en la medida que las donaciones superasen los $2400 anuales.

El articulo que así lo disponía (articulo 41, Resolucion General AFIP 2681) fue sustituido por la presente Resolución  Ahora, cualquiera sea el monto de la donación  siempre hay que cumplir con el régimen de información.