Servicio doméstico. Nuevo Régimen Laboral

Se publico la LEY 26844 sobre «Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares» (B.O 12/04/2013). 

Si bien en el texto de la ley,no se establece expresamente la fecha de entrada en vigencia de la misma, el  Art 2. del Código Civil, dispone que  «SERÁN OBLIGATORIAS LAS LEYES DESPUÉS DE LOS OCHO DÍAS SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL» por lo que dicha ley regirá a partir del 21/04/2013.

La norma regula las nuevas características del contrato de trabajo de servicios domésticos (se deroga el estatuto profesional del decreto ley 326/56), en relación con la ley de contrato de trabajo 20744, su ámbito de aplicación  sus modalidades contractuales, periodo de prueba, trabajo de menores y adolescentes, jornada de trabajo, derechos y deberes de las partes, documentación laboral, remuneración  licencias, pre aviso  extinción de la relación laboral, régimen indemnizatorio.

La ley repite la normativa de la ley de contrato de trabajo, en cambio, no hay modificaciones en lo inmediato en materia de aportes y contribuciones de Seguridad Social.

Continua vigente el Régimen Especial previsto en la ley 25239 y su reglamentación  cuyos aportes y contribuciones se ingresan a partir actualmente mediante los F.102/B (obligatorios) y 575/B (voluntarios) de la AFIP, sin perjuicio de las modificaciones reglamentarias que oportunamente puede dictar ese organismo para permitir el financiamiento de las prestaciones de la Seguridad Social que establece la ley -por ejemplo: asignación por maternidad-.

Si bien se establece que el personal domestico estará incluido en la cobertura de la ley 24557 de Riesgos del Trabajos, esta se condiciona a la reglamentación que se dicte oportunamente.