La AFIP actualizó el software para declaraciones de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó una nueva versión del software que debe ser utilizado para confeccionar la declaración jurada anual 2013 del Impuesto a las Ganacias y a los Bienes Personales.

Puntualmente, el fisco nacional puso a disposición de los contribuyentes la nueva versión del programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales 14.3«.

Novedades

El programa incorpora varias novedades. Respecto a las características del vencimiento, el fisco nacional aclaró quiénes son los sujetos obligados a presentar declaraciones juradas durante el próximo mes:

  • Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto a las Ganancias (F.711 – Nuevo Modelo):
    • Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto,
    • Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad y no se encuentren adheridos al monotributo por esa actividad
  • Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales (F.762/A):
    • Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
    • Quienes al 31 de diciembre pasado posean bienes que superen los 305.000 pesos.

«Si cuentan con participaciones en sociedades (con acciones de empresas que cierran balance en diciembre) que no cotizan en bolsa o mercado de valores deben considerar los vencimientos establecidos para mayo próximo«, agregaron desde la AFIP.

Las declaraciones juradas generadas por el aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales» deberán ser presentadas mediante la transferencia electrónica de datos, ingresando con su Clave Fiscal al servicio «Presentación de DDJJ y Pagos».

Si al generarlas, las mismas arrojan un saldo a ingresar, deberán efectuar el pago según se detalla para cada caso:

  • Grandes contribuyentes: únicamente mediante transferencia electrónica de fondos, generando un Volante Electrónico de Pago (VEP).
  • Resto de contribuyentes: podrán optar por realizar el pago mediante alguna de las siguientes modalidades:
    • Mediante transferencia electrónica de fondos, generando un VEP.
    • En efectivo, dirigiéndose personalmente a entidades Bancarias habilitadas (aceptan también cheques propios, financieros y cancelatorios), Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos.
    • Efectuando el pago en cajeros automáticos de la red Link o Banelco.
    • Utilizando su tarjeta de crédito: podrá efectuar el pago telefónicamente o adherir al débito automático.

De esta manera, el organismo pone a punto las herramientas para efectuar la declaración jurada anual de Ganancias y Bienes Personales.