El martes 24 de diciembre de 2013, ¿debe liquidarse como feriado nacional?

Sí, según lo establece el artículo 4 del decreto 1584/2010, el feriado puente del 24 de diciembre de 2013 gozará en el aspecto remunerativo de los derechos que establece la legislación vigente respecto de los feriados nacionales.