Qué pasa cuando una notificación de despido se encuentra con un domicilio cerrado

Si bien no existe una forma expresamente prevista para la comunicación del despido, y dado que da por exitosa legalmente sólo si el destinatario toma conocimiento del mismo, es importante el medio elegido para emitir esta comunicación.

Si el destinatario no toma conocimiento efectivo de ella, su validez dependerá del motivo por el cual se frustró el aviso.

En general se considera que el aviso no puede entregarse por razones imputables al destinatario, y ajenas al empleador que remitió la comunicación, la misma se considera válida.

Y esto es lo que ocurre con una notificación de despido que no ha llegado a conocimiento efectivo del destinatario debido a que tenga el “domicilio cerrado”. Si la pieza postal no puede ser entregada por ese motivo, la situación no puede equipararse a aquellos casos en que la noticia no llega por circunstancias imputables al remitente.

En este caso, es el destinatario quien impide la efectividad del medio empleado por el remitente (CNApelTrab. Sala II, 09/02/2011, “Rodríguez Giagnoni, Sofía Matilde c/ Lisadora SRL s/despido”).