SICOSS VERSION 41

La nueva versión contiene las siguientes novedades:

  • Incorporación de las nuevas alícuotas para el cálculo de las contribuciones patronales, para las declaraciones juradas correspondientes al período devengado febrero de 2018 y los siguientes.
  • Incorporación de un campo para informar la detracción del «mínimo no imponible».
  • Incorporación de un código de condición que identifique a los trabajadores en condición de jubilarse, respecto de las declaraciones juradas para el período devengado enero de 2018 y los siguientes.
  • Habilitación de nuevos códigos de actividad que contemplan distintas modalidades contractuales del trabajo agrario.
  • Establece las pautas para el usufructo de los beneficios establecidos en la ley 26940.

Las declaraciones juradas determinativas de los recursos de la seguridad social correspondientes a los períodos devengados enero, febrero y/o marzo de 2018 presentadas con una versión anterior del SICOSS podrán ser rectificadas por nómina completa utilizando la versión 41 de dicho aplicativo hasta el 31 de mayo de 2018, inclusive. En este caso, la rectificativa en menos no implicará la aplicación de las disposiciones de la resolución general 3093.

Asimismo, cuando la rectificación de las referidas declaraciones juradas arroje un saldo a favor de la AFIP, su ingreso se considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31 de mayo de 2018.