Para beneficiarios que no integran el grupo familiar del titular en Obras Sociales: Enumeración y reglas aplicables para tener derecho a la cobertura de salud

El último párrafo del Art. 9 inc. b) de la ley 23.660 de Obras Sociales dispone que “La Dirección Nacional de Obras Sociales podrá autorizar, con los requisitos que ella establezca, la inclusión como beneficiarios, de otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que se encuentren a su cargo, en cuyo caso […]

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